La Unidad Técnica de Policía Judicial (UTPJ) de la Guardia Civil acaba de publicar un documento que tiene por objeto exponer a nuestras unidades de investigación algunas de las últimas tipologías utilizadas para defraudar a los inversores en el mercado de valores.
Por la importancia de la temática se difunde a través del Programa Coopera para conocimiento de la actividad de las personas físicas o jurídicas que se relacionan en esta actividad y así poder ejercer sobre ellas la potestad sancionadora.
De forma genérica, el fraude a inversores, ya sean profesionales, con métodos más sofisticados, o a personas que desconocen el funcionamiento del mercado de valores, se produce mediante la promesa de un aumento rápido y seguro de sus inversiones, intentando conseguir que cedan el control de las mismas a los estafadores; quedando estas conductas tipificadas dentro de las defraudaciones y de la sección 1ª del Código Penal como “delitos de estafa” (Artículos 248 y ss.).
ANÁLISIS DE LA PROBLEMÁTICA
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), alerta que en los últimos meses se están recibiendo comunicaciones de inversores españoles sobre el uso de nuevas herramientas informáticas en uso, por parte de los denominados como “chiringuitos financieros”, entidades que prestan servicios de inversión sin autorización y las cuales no están inscritas en los registros de la CNMV para operar en España.
La información recibida se centra en dos herramientas informáticas:
- El Software de acceso remoto (Anydesk, LogMeIn, TeamViewer, etc.) que permite a estos “chiringuitos” conectarse al dispositivo del inversor y apropiarse de los datos como códigos de acceso o contraseñas, con lo que permite operar con las cuentas de valores del inversor, sin consentimiento para ello. Otra operativa detectada consiste en que el propio “chiringuito” invita al inversor a instalar previamente una aplicación de acceso remoto específica e incluso utiliza con su consentimiento alguna de las disponibles de su ordenador.
Una vez el chiringuito financiero está conectado de forma remota al dispositivo del inversor, le solicita que inicie una sesión en la página web a través de la que presta indebidamente sus servicios de inversión y, con ello, consigue captar los códigos de acceso necesarios para operar en la cuenta de valores de la víctima.
- Redes privadas virtuales (servicios de VPN) permiten eludir la competencia supervisora y evitan ser identificados como asesores a inversores al ocultar o simular la IP de sus dispositivos informáticos, de forma que las páginas web a través de las que las mismas ofrecen sus servicios no identifiquen la procedencia real del inversor y se pueda eludir el bloqueo de las mismas.
También se alerta de que se viene observando un incremento de la actividad de comercialización de determinados instrumentos complejos y de elevado riesgo entre clientes minoristas, debido al asesoramiento de ciertos intermediarios financieros especializados.
Considerando lo anterior y en aras de garantizar la adecuada protección de los inversores minoristas, la CNMV ha estimado necesario transmitir a los intermediarios financieros que prestan sus servicios en España y, en particular, a los especializados en la comercialización de CFD u otros productos complejos, lo siguiente:
- En cumplimiento a lo indicado en el artículo 144 de la ley del Mercado de Valores, la comercialización de sus servicios y la captación de clientes en España se realiza únicamente por parte de entidades autorizadas o por medios de agentes registrados. No pudiéndose realizar pagos por la comercialización o captación de clientes en España a entidades no
- Se informa a las entidades, el carácter contrario a la normativa vigente, de cualquier actividad que tenga por objeto dirigirse a clientes minorista residentes en España, de las entidades situadas fuera de la Unión Europea.
Se está detectado un aumento de llamadas telefónicas, comunicaciones por email…, prometiendo una gran rentabilidad en muy corto espacio de tiempo y sin apenas riesgo e incluso utilizando fraudulentamente los logos e imágenes de la CNMV, así como su cuenta de correo con otra extensión para generar error y conseguir la confianza a los inversores.
Las operativas observadas en este sentido son las siguientes:
- El envío de comunicaciones a inversores por correo electrónico desde dominios similares a los usados por la CNMV, como por ejemplo …@cnmv.help.
- Respuesta a consultas de inversores mediante correos electrónicos con documentos escaneados, con el formato, contenido y firmas falsas de los representantes de la
- Contratos de las empresas fraudulentas para que los firmasen los inversores, incluyendo en estos contratos el logo de la CNMV para dar apariencia de
Esta situación exige la implicación de las Unidades del Cuerpo para dar una respuesta adecuada a esta problemática que se extiende y afecta a todo tipo de inversor, defraudando normalmente grandes cantidades de dinero.